•  Bienvenido  al Tribunal Electoral

    Bienvenido al Tribunal Electoral

    La promoción del derecho y los procesos electorales democráticos deben entenderse como la defensa de un derecho humano fundamental íntimamente relacionado con otros derechos básicos.




  • Autoridades

    Autoridades

    El Tribunal Electoral se integra con un miembro del Superior Tribunal de Justicia, un Juez letrado, un representante del Ministerio Público, designados por sorteo público a realizarse en la sala de audiencias del Superior Tribunal de Justicia, cada dos años.





  • Provincia del Chaco

    Provincia del Chaco

    A los fines Electorales el Distrito Chaco se divide en Departamentos, Municipios y Circuitos.

    Departamentos

    Municipios

    Circuitos

  • Institucional

    Institucional

    El Tribunal Electoral es un órgano permanente de existencia constitucional con autonomía funcional que ejerce su jurisdicción en todo el territorio de la Provincia.








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Para trámites, gestiones o consultas comunicarse vía correo electrónico a mesadeentrada@electoralchaco.gob.ar o al 4441003

 


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Art. N° 7

Art. N° 7

Requisitos para el reconocimiento de la personalidad jurídico-política

1. Partidos de distrito

Art. 7º - Para que a una agrupación política se le pueda reconocer su personalidad jurídico-política como partido de distrito deberá solicitarlo ante el juez competente, cumpliendo con los siguientes requisitos:

 

a) Acta de fundación y constitución, que acredite la adhesión de un número de electores no inferior al cuatro por mil (4 %) del total de los inscritos en el registro electoral del distrito correspondiente, hasta el máximo de un millón (1.000.000); este acuerdo de volun­tades se complementará con un documento en el que conste nom­bre, domicilio y matrícula de los firmantes;

 

b) Nombre adoptado por la asamblea de fundación y constitución;

 

c) Declaración de principios y programa o bases de acción política, sancionados por la asamblea de fundación y constitución;

 

d) Carta orgánica sancionada por la asamblea de fundación y cons­titución;

 

e) Acta de designación de las autoridades promotoras las que convo­carán a elecciones para constituir las autoridades definitivas del par­tido, conforme con la carta orgánica y dentro de los seis (6) meses de la fecha del reconocimiento definitivo. El acta de la elección de las autoridades definitivas deberá remitirse al juez federal con com­petencia electoral;

 

f) Domicilio partidario y acta de designación de los apoderados;

 

g) Libros a que se refiere el articulo 37, dentro de los dos (2) meses de obtenido el reconocimiento a los fines de su rubricación;

 

h) Todos los trámites ante la justicia federal con competencia electo­ral hasta la constitución definitiva de las autoridades partidarias serán efectuados por las autoridades promotoras, o los apoderados, quienes serán solidariamente responsables de la veracidad de lo expuesto en las respectivas documentaciones y presentaciones.

Noticias

  • Notificaciones
  • LicitacionesMore
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  • Accesibilidad Electoral

CEDULA-NUEVO ESPACIO ABIERTO -NEA

CEDULA- APODERADOS - PUBLIC.EDICTO BOLETIN OFICIAL P. DE INTEGRACION PROVINCIAL DE ESPACIOS SOLIDARIOS-IPES

PROVIDENCIA NUEVO ENCUENTRO POR LA DEMOCRACIA Y LA EQUIDAD- FS. 280

PROVIDENCIA NUEVO ENCUENTRO POR LA DEMOCRACIA Y LA EQUIDAD- FS. 285

PROVIDENCIA UNIDOS POR FONTANA - FS. 161

CEDULA-APODERADOS-AUDIENCIA VIRTUAL SOI (SOCIEDAD ORGANIZA INDEPENDIENTE)

PROVIDENCIA PARTIDO UNION Y LIBERTAD - PUL-

Proveído Participación Ciudadana

CAUSA REPARADORA -NOTIFICACIÓN-

CÉDULA E INFORME- FRENTE POR LA ED. Y EL TRABAJO

CÉDULA APODERADOS-PUBLICACION EDICTO EN BOL. OFICIAL DE SOI MODIF. NOMBRE LA LIBERTAD AVANZA

PROVIDENCIA ALTERNATIVA REPUBLICANA FEDERAL- FS. 134 Y FS. 135

CÉDULA APODERADOS-AUDIENCIA VIRTUAL  FRENTE ARRAIGO

MOVIMIENTO LIBRES DEL SUR - CÉDULA -

MOVIMIENTO LIBRES DEL SUR- CÉDULA INTIMACIÓN -

CIUDADANOS A GOBERNAR - CÉDULA INTIMACIÓN -

CIUDADANOS A GOBERNAR -CÉDULA INFORME-

PRO-PROPUESTAREPUBLICANA - INTIMACIÓN -

ALTERNATIVA REPUBLICANA FEDERAL - INFORME ADHERENTES -

CEDULA- P. DE LA CULTURA LA EDUCACION Y EL TRABAJO

CEDULA- P. DE LA VICTORIA

CEDULA- P. DEL TRABAJO Y DEL PUEBLO

COMPROMISOFEDERAL - NOTIFICACIÓN

CAUSA REPARADORA - NOTIFICACIÓN

ALTERNATIVA REPUBLICANA FEDERAL - NOTIFICACIÓN 

Juramento de Autoridades del  Tribunal Electoral de la Provincia del Chaco.

Pago Autoridades de Mesa de MAKALLÉ

Proveído 05/01/24 - Bases y Principios

Actuación La Libertad Avanza - Providencia 19-02-24

 

 

 

Notificaciones anteriores

¿Qué es la accesibilidad electoral?

Medidas, procedimientos y normativas cuyo fin es promover el pleno e integral acceso de la ciudadanía a las múltiples etapas que constituyen el proceso electoral. Está dirigida a las personas que presentan alguna discapacidad - motriz, sensorial o visual - o limitaciones que interfieren en su desplazamiento, visión, orientación y comunicación.

 

Datos útiles

  • Dirección +

    La sede del Tribunal se encuentra en J. M. Paz 343, 2° Piso - edificio Urban, Resistencia Chaco
  • TeléfonoLogo Editing +

    0362 - 4441003 0362 - 4429207
  • E-mail - RedesDemo Copy +

    Vía e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.   Vía Facebook: Tribunal Electoral de la Provincia del Chaco.
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