Normativa Juntas Empadronadoras Electores Extranjeros
En cada Municipio deberá funcionar una Junta Empadronadora, encargada de inscribir a los Extranjeros, los cuales, previo cumplimiento de los recaudos legales, formarán el cuerpo electoral de los mismos.
Resolución N° 05 del 12/02/99, Expte. N° 46/98.-