Sistema Democrático y Agrupaciones Políticas

De manera reiterada se ha sostenido, Fallos 310:819 entre otros, que el sistema democrático hace necesaria la organización de los individuos en asociaciones determinadas por diversos fines comunes; en ellas se agrupan las voluntades individuales coincidentes. Así las agrupaciones políticas, son instituciones fundamentales del sistema democrático con competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, orientadores de la opinión pública encaminados a intervenir legalmente en la formación de los poderes del estado (arts. 38 de la Constitución Nacional y 89 de la Constitución Provincial). Sentado lo que antecede, es evidente que la postulación de candidatos debe surgir de la estructura interna partidaria y ofrecérselos luego, públicamente al electorado, quedando proscripta toda metodología que impusiera candidatos por voluntad del Jefe del Partido o de sus Órganos de dirigencia, excluyéndose la previa competencia intrapartidaria. (Conf. Bidart Campos, Germán; Tratado Elemental de Derecho Constitucional Argentino, T. VI- La Reforma Constitucional de 1.994, Ediar, Bs.As., 1.995, p. 277).

Resolución N° 93 del 23/08/99, Expte. N° 67/99.-