•  Bienvenido  al Tribunal Electoral

    Bienvenido al Tribunal Electoral

    La promoción del derecho y los procesos electorales democráticos deben entenderse como la defensa de un derecho humano fundamental íntimamente relacionado con otros derechos básicos.




  • Autoridades

    Autoridades

    El Tribunal Electoral se integra con un miembro del Superior Tribunal de Justicia, un Juez letrado, un representante del Ministerio Público, designados por sorteo público a realizarse en la sala de audiencias del Superior Tribunal de Justicia, cada dos años.





  • Provincia del Chaco

    Provincia del Chaco

    A los fines Electorales el Distrito Chaco se divide en Departamentos, Municipios y Circuitos.

    Departamentos

    Municipios

    Circuitos

  • Institucional

    Institucional

    El Tribunal Electoral es un órgano permanente de existencia constitucional con autonomía funcional que ejerce su jurisdicción en todo el territorio de la Provincia.








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Acta: 439/95

 ACTA N° 439: En la ciudad de Resistencia, capital de la Provincia de Chaco, a los trece (13) días del mes octubre de mil novecientos noventa y cinco, siendo las 08,00 hs., se reúne el Tribunal Electoral de la Provincia, bajo la Presidencia de la Dra. María Luisa Lucas, con la presencia de las Dras. María Delfina Denogens y María Itatí Oviedo, y el Sr. Procurador fiscal, Dr. Juan Carlos Martínez, asistidos por la Sra. Secretaria Autorizante, Dra. Sandra Kleisinger de Zarabozo. Abierto el acto, por la Sra. Presidenta, CONSIDERARON: Que habiendo concluido el día 11/10/95, a las 19:55 hs. el Escrutinio Definitivo de las elecciones celebradas el 08/10/95, para elegir en segunda vuelta al Gobernador y Vicegobernador de la Provincia, finalizada la verificación de los datos que se computarizaron para el resultado final, no efectuándose protestas contra el mismo ni contras las elecciones, al ser interrogados por la Sra. Presidenta del Tribunal, de conformidad a lo normado en el art.115 de la ley N° 4169. Cabe resaltar que los resultados del Escrutinio Definitivo fueron entregados a los apoderados de los partidos que intervinieron en los comicios que se llevaron a cabo el 08/10/95, según surge del Acta N° 438 del 12/10/95. Por todo ello, ACORDARON: I: DECLARAR la validez de los comicios celebrados en segunda vuelta el día 08/10/95 para la elección de GOBERNADOR Y VICEGOBERNADOR  de la Provincia, cuyo Escrutinio Definitivo obra en las planillas incorporadas al Acta N°438 del 12/10/95. II: TENER como resultado definitivo del Escrutinio realizado por este Tribunal Electoral para la categoría de GOBERNADOR Y VICEGOBERNADOR de la Provincia el que se transcribe a continuación: PARTIDO JUSTICIALISTA:   (TENEV-BRACONE) 164.854, porcentaje de votos válidos: 40,850 %.- UNION CIVICA RADICAL: (ROZAS-PIBERNUS) 174.719, porcentaje de voto válidos positivos 43,294 %.- UNION DEL CENTRO DEMOCRATICO: (TENEV-BRACONE) 14.176,  porcentaje de votos positivos válidos 3,513.- PARTIDO NACIONALISTA CONSTITUCIONAL: 19.344, porcentaje de votos positivos válidos:4,793.- ALIANZA FREPASO: 30.467, porcentaje de votos positivos válidos 7,550.- se computaron 3.835 votos en blanco y 1.885 votos nulos.- El porcentaje de votantes fue 74,780 y las mesas habilitadas fueron 1.934.- De acuerdo con las boletas oportunamente oficializadas corresponde realizar el siguiente cómputo según los resultados consignados, para la fórmula TENEV- BRACONE: 198.374, porcentaje de votos positivos válidos: 49,156 % (P. Justicialista, U.C.D y Nac. Const.).- ROZAS-PIBERNUS: 205.186, porcentaje de votos válidos 50,844 % (U.C.R y FREPASO).- Por ello en virtud de las atribuciones conferidas a este Tribunal por el art. 93 inc. 2 de la Constitución de la Provincia del Chaco 1957-1994 y lo normado en el art. 133 de la Carta Magna Provincial, arts. 116 y 143 de la Ley N° 4.169, corresponde PROCLAMAR GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO al Señor ANGEL ROZAS, Clase 1950, M.I. N° 8.185.856 y VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO al Señor MANUEL MIGUEL PIBERNUS, Clase 1931, M.I. N° 7.433.413.- En virtud de lo dispuesto en el art. 118 de la Ley N° 4.169, COMUNIQUESE la presente el Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Partidos intervinientes y EXPIDASE testimonio a los Electos.- Con lo que no siendo para más, se da por finalizado el acto, siendo las 8,55 horas, labrándose Acta en doble ejemplar de un mismo tenor y efecto, firmando los comparecientes, previa íntegra lectura y ratificación, todo por ante mi doy fe .-FIRMADO: Dra. María Luisa Lucas Presidente Tribunal Electoral PROVINCIA DEL CHACO, Dra. María Delfina Denogens: Juez, Dra. María Itatí Oviedo: Juez, Dr. Juan Carlos Martinez: Procurador Fiscal y Dra. Sandra Kleisinger de Zarabozo Secretaria Tribunal Electoral.

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  • Accesibilidad Electoral

¿Qué es la accesibilidad electoral?

Medidas, procedimientos y normativas cuyo fin es promover el pleno e integral acceso de la ciudadanía a las múltiples etapas que constituyen el proceso electoral. Está dirigida a las personas que presentan alguna discapacidad - motriz, sensorial o visual - o limitaciones que interfieren en su desplazamiento, visión, orientación y comunicación.

 

Datos útiles

  • Dirección +

    La sede del Tribunal se encuentra en J. M. Paz 343, 2° Piso - edificio Urban, Resistencia Chaco
  • TeléfonoLogo Editing +

    0362 - 4441003 0362 - 4429207
  • E-mail - RedesDemo Copy +

    Vía e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.   Vía Facebook: Tribunal Electoral de la Provincia del Chaco.
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